Protección de Datos
En Escobar y Sánchez Abogados aseguramos con garantía de calidad la confidencialidad y seguridad a la que obligan la LOPD (Ley Orgánica sobre Protección de Datos) y LSSICE (Ley Servicios Sociedad Información y Comercio Electrónico).
La Ley Orgánica de Protección de Datos
La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, sobre Protección de Datos Personales (LOPD) supone una sustancial modificación del régimen sobre protección para personas físicas existente en la regulación anterior contenida en la ya extinta LORTAD.
Se destaca el esfuerzo realizado por esta norma ( LOPD) por introducir firmemente en la cultura jurídica actual unos valores por defender la intimidad y la privacidad.
A los ciudadanos y consumidores se les reconoce todo un conjunto de derechos.
Por otro lado, la ambigüedad y falta en la precisión en muchos términos y situaciones descritas en la Ley, hace que su aplicación sea difícil y las empresas y profesionales afectados tienen que adoptar medidas técnicas y legales para asegurar su cumplimiento.
En nuestro bufete ofrecemos el servicio para la adaptación a la LOPD, así como servicios para la Auditoría Informática que nuestros clientes se ven obligados a efectuar para cumplir con las obligaciones impuestas por la normativa.
Así ofrecemos una amplia gama en servicios relacionados con la gestión en las bases de datos personales que tienen nuestros clientes.
Las empresas, en su calidad de agentes que manejan y tratan datos personales, están obligadas a garantizar el derecho fundamental a su protección.
La normativa no contempla excepciones por tamaño, facturación o actividad y así, cualquier empresa está incluida en el ámbito aplicable en esta legislación, siempre que trabaje con ficheros y contengan datos personales.
El nivel exigido en cuanto al cumplimiento (LOPD) es el mismo para todas las empresas, sin establecer criterios distintos dependiendo del tamaño (si es una gran empresa o una microempresa).
La LOPD establece un marco general para todos y debe ser cumplida por todos.
Nuevo Timo en telefonía móvilLa adaptación a la normativa sobre protección de datos es un trabajo exigente debiéndose realizar una monitorización y seguimiento constantes.
Los problemas, si la empresa no se encuentra actualizada a este nivel, con la Agencia Española para la Protección de Datos (AEPD) pueden llegar por frentes que en principio son inimaginables: Un empleado enfadado con el empresario, un cliente poco satisfecho, un email enviado sin seguir ciertas pautas de privacidad,....
Las sanciones que contempla la LOPD, y que regularmente impone la Agencia Española para la Protección de Datos (AEPD) cuando detecta algún incumplimiento, son muy importantes, e invita a pensar que no merece la pena arriesgarse a incumplir.
Es recomendable adaptar nuestra empresa a la L.O.P.D. cuanto antes, para evitar la imposición de sanciones por la AEPD, afectando con ello a la marcha del propio negocio.
¿Cómo hacer esta adaptación?
Se puede implantar desde la propia empresa, debiéndose leer y comprender la L.O.P.D. y poner en práctica las medidas y trámites contemplados.
Sin embargo, dada su complejidad y que mucha gente no está acostumbrada a manejar conceptos jurídicos, es recomendable hacerlo a través o desde una empresa especializada.
Como letrados y asesoria tenemos sobrada experiencia realizando esta tarea, y dependiendo del tamaño de la empresa, del volumen y del tipo de datos personales manejados, pondremos al día, con total garantia y seguridad, vuestro negocio en esta materia, la protección de datos personales.
Evidentemente nosotros sí damos soporte para resolver las dudas si van surgiendo a lo largo del tiempo que haga falta tras la implantación, tanto personalmente como on-line.
La adaptación a la L.O.P.D. casi con toda seguridad, requerirá hacer cambios en algunos procesos en la empresa, y esto no debería ser ningún inconveniente porque al final, la empresa saldrá ganando si es más cuidadosa con el trato que apliquemos a los datos personales manejados diariamente.
Indemnización por Vuelo Retrasado
Relacionado