IRPF SÍ Boli NO
Hacienda no acepta más el "Boli" en el IRPF.
La Agencia Tributaria dará carpetazo a la presentación a bolígrafo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a partir de este año y no permitirá la entrega de impresos de este impuesto rellenados a boli.
"Punto y Enter al boli en el IRPF".
La Agencia Tributaria promete ofrecer, para compensar, un servicio de cita previa para la confección y presentación de la declaración aunque no se cumpla con algunos de los requisitos para se pueda acceder a este tipo de asistencia (el ejercicio de una actividad económica, poseer más de un inmueble arrendado...).
Muy Moderno Todo.
Siendo todo muy moderno eso sí, Hacienda aprovecha e informa de que el impuesto podrá podrá presentarse (por supuesto) por vía electrónica del 23 de abril al 30 de junio de 2014.
En caso de que se realice por cualquier otro medio se puede presentar desde el 5 de mayo al 30 de junio.
Cosas que no Cambian.
El límite de la obligatoriedad para realizar la declaración se mantiene en los 22.000 euros de ingresos anuales cuando procedan de un solo pagador.
Si se tiene más de un pagador, el límite que queda exento se sitúa en los 11.200 euros.
Sí están obligados a declarar aquellos contribuyentes que aunque tengan rentas del trabajo menores a los 22.000 euros anuales, se hayan aplicado deducciones por inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa, por doble imposición internacional, así como reducciones en la base imponible por aportaciones a planes de pensiones, a mutualidades de previsión social, a planes de previsión asegurados o a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad.
Escrito por José Antonio Escobar Alcobert
Hacienda NO es Infalible III
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